Formulario de desistimiento en línea
Condiciones generales de Dominik Göke – Daunstrasse 31 – 26434 Wangerland
§ 1 Disposiciones generales – Ámbito de aplicación
(1) Se aplican exclusivamente nuestras condiciones de venta. No reconocemos condiciones del comprador que sean contrarias a las nuestras o difieran de ellas, salvo que hayamos aceptado expresamente por escrito su aplicación. Nuestras condiciones también se aplican cuando efectuamos la entrega sin reservas conociendo las condiciones contrarias o divergentes del comprador.
(2) Todos los acuerdos entre nosotros y el comprador para la ejecución de este contrato constan por escrito en el mismo.
§ 2 Oferta – Documentación de la oferta – Celebración del contrato
(1) Si el pedido constituye una oferta conforme al § 145 del Código Civil alemán (BGB), podemos aceptarla en un plazo de dos semanas.
(2) Todas nuestras ofertas son sin compromiso. Las declaraciones de aceptación y los pedidos requieren nuestra confirmación escrita para tener eficacia jurídica. Las indicaciones de las confirmaciones de pedido sobre el alcance de la entrega, aspecto, prestaciones, dimensiones y pesos son aproximadas y no constituyen características garantizadas.
(3) Nosotros o nuestros proveedores nos reservamos los derechos de propiedad y de autor sobre ilustraciones, dibujos, cálculos, herramientas, documentos de impresión, plantillas, muestras y otros documentos, incluso cuando los costes de su elaboración o fabricación se repercutan al cliente. Esto también se aplica a los documentos escritos designados como «confidenciales». Antes de comunicarlos a terceros, el comprador necesita nuestro consentimiento expreso por escrito.
(4) El cliente es el único responsable de los originales de impresión, películas, clichés y demás documentos que proporcione. La autorización de impresión dada por el cliente es vinculante. Si el cliente no objeta una prueba enviada en un plazo de tres días, esta pasa a ser vinculante.
(5) El cliente responde de que los documentos que proporcione estén libres de derechos de terceros. No tenemos obligación de verificarlos. Al efectuar el pedido, el cliente nos mantiene indemnes frente a todas las reclamaciones formuladas contra nosotros por posibles infracciones de derechos. No estamos obligados a aceptar pedidos, y podemos resolver pedidos, que infrinjan derechos de terceros o entrañen el riesgo de tal infracción.
(6) Podemos entregar hasta un 10% más o menos de la cantidad pedida. Para pedidos inferiores a las cantidades mínimas indicadas en catálogos o folletos publicitarios, nos reservamos el derecho de cobrar gastos de tramitación separados o un recargo por pequeña cantidad.
(7) En caso de falta o retraso del suministro por nuestros propios proveedores y en casos de fuerza mayor, podemos resolver el contrato. En estos supuestos, el cliente no tiene derecho a indemnización.
(8) Al efectuar el pedido, el cliente debe indicar si revenderá los bienes a un consumidor final. En caso de incumplimiento de esta obligación o de venta a un consumidor final en contra de lo indicado al realizar el pedido, se consideran excluidos por acuerdo los derechos del § 478 BGB.
§ 3 Precios – Condiciones de pago
La compra a cuenta mediante factura solo es posible para direcciones de entrega en Alemania. Para direcciones de entrega en otros Estados miembros de la UE, únicamente están disponibles PayPal o el pago anticipado por transferencia bancaria.
(1) Salvo indicación en contrario en la confirmación del pedido, nuestros precios se entienden «desde el punto de expedición», excluidos embalaje, flete, franqueo, seguro y otros gastos de envío, que se facturan por separado.
(2) Nuestros precios no incluyen el IVA legal. Este se indica por separado en la factura al tipo legal aplicable en la fecha de facturación.
(3) La deducción de un descuento por pronto pago requiere un acuerdo escrito específico.
(4) Salvo indicación en contrario en la confirmación del pedido, el precio de compra es pagadero neto, sin deducciones, inmediatamente desde la fecha de la factura. Se aplican las normas legales sobre las consecuencias de la mora en el pago.
(5) El comprador solo puede compensar contracréditos reconocidos por resolución judicial firme, no controvertidos o reconocidos por nosotros. Solo puede ejercer un derecho de retención en la medida en que su contracrédito se derive de la misma relación contractual.
(6) Nos reservamos el derecho de supeditar el suministro a nuevos clientes al pago anticipado. Si las entregas o entregas parciales no se pagan puntualmente, podemos aplazar las entregas de pedidos en curso o nuevos, o condicionarlas al pago anticipado.
(7) Si el cliente no recibe bienes correctamente pedidos y listos para su entrega, incluso después de concedérsele un plazo adicional razonable, podemos elegir entre exigir el cumplimiento del contrato o resolverlo y reclamar una indemnización por incumplimiento equivalente al 25% del valor del pedido sin IVA. El cliente conserva el derecho a demostrar un daño inferior.
(8) Si se producen cambios en aranceles, IVA, tipos de cambio, costes de flete, primas de seguro u otros gravámenes aplicables que no fueran previsibles al realizar el pedido, podemos ajustar el precio en consecuencia, tanto a favor como en perjuicio del cliente, sin que ello genere un derecho a resolver el contrato.
§ 4 Plazo de entrega
(1) El plazo de entrega indicado por nosotros comienza una vez aclaradas todas las cuestiones técnicas. En particular, los plazos indicados solo se aplican desde que recibimos la totalidad de los documentos, datos y demás prestaciones que debe aportar el cliente.
(2) El cumplimiento de nuestra obligación de entrega presupone también que el comprador cumpla sus obligaciones correctamente y a tiempo. Queda reservada la excepción de incumplimiento del contrato.
(3) Si el comprador incurre en mora en la recepción o incumple culpablemente otros deberes de colaboración, podemos exigir indemnización por los daños resultantes, incluidos eventuales gastos adicionales. Quedan reservadas otras pretensiones.
(4) Si concurren las circunstancias del apartado (3), el riesgo de pérdida o deterioro fortuito del bien pasa al comprador cuando incurre en mora en la recepción o en el cumplimiento de sus obligaciones como deudor.
(5) Respondemos conforme a la ley si el retraso en la entrega se debe a un incumplimiento contractual doloso o gravemente negligente imputable a nosotros, o a la vulneración de obligaciones contractuales esenciales; nos es imputable la culpa de nuestros representantes o auxiliares de cumplimiento. Salvo que el retraso se deba a un incumplimiento contractual doloso imputable a nosotros, nuestra responsabilidad indemnizatoria se limita a los daños previsibles y típicos.
(6) En los demás casos de retraso en la entrega, nuestra responsabilidad se limita a una indemnización global por demora de hasta el 15% del valor de la entrega.
(9) Quedan reservados los demás derechos y pretensiones legales del comprador.
§ 5 Transmisión del riesgo – Costes de embalaje – Envío
(1) Salvo indicación en contrario en la confirmación del pedido, se acuerda la entrega «desde el punto de expedición».
(2) Si, a petición del cliente, los bienes se entregan en un lugar distinto del lugar de cumplimiento del vendedor, el riesgo se transmite al entregarlos al transitario, transportista u otra persona encargada del envío.
(3) Los embalajes de transporte y todos los demás embalajes comprendidos en la normativa alemana sobre embalajes no se retiran, salvo los palés. El comprador debe encargarse de eliminarlos a su costa.
(4) Si el comprador lo desea, cubriremos la entrega con un seguro de transporte; sus costes correrán a cargo del comprador.
(5) El cliente debe comprobar inmediatamente si existen daños en el embalaje o defectos en los bienes.
(6) Elegimos la ruta y el método de envío según las mejores condiciones económicas, sin obligación de utilizar un método eventualmente más económico. El cliente debe comunicar por escrito cualquier requisito especial de envío.
§ 6 Responsabilidad por defectos
(1) Los derechos del comprador por defectos presuponen el correcto cumplimiento de las obligaciones de inspección y denuncia del § 377 del Código de Comercio alemán (HGB). El plazo de denuncia es de un máximo de tres días laborables desde la recepción. Se excluye toda garantía respecto al almacenamiento inadecuado de los bienes entregados en las instalaciones del destinatario.
(2) Entregamos los bienes pedidos con la calidad comercial habitual. En la compra por muestra, la muestra previamente presentada determina la calidad exigible. El cliente acepta como conformes al contrato las modificaciones razonables debidas a innovación técnica, desarrollo posterior o fabricación.
(3) Si el bien presenta un defecto, el comprador puede elegir el cumplimiento subsanatorio mediante reparación del defecto o entrega de un nuevo bien sin defectos. En caso de reparación, asumimos todos los gastos necesarios, en particular los de transporte, desplazamiento, mano de obra y materiales, siempre que no hayan aumentado porque el bien se haya trasladado a un lugar distinto del lugar de cumplimiento.
(4) Si el cumplimiento subsanatorio fracasa, el comprador puede elegir entre la resolución del contrato y la reducción del precio. La devolución de bienes objeto de reclamación requiere nuestro consentimiento previo.
(5) Respondemos conforme a la ley cuando el comprador reclama daños basados en dolo o negligencia grave, incluidos los de nuestros representantes o auxiliares de cumplimiento. Salvo que se nos impute un incumplimiento contractual doloso, la responsabilidad indemnizatoria se limita a los daños previsibles y típicos.
(6) Respondemos conforme a la ley si incumplimos culpablemente una obligación contractual esencial; en ese caso, sin embargo, la responsabilidad indemnizatoria se limita a los daños previsibles y típicos.
(7) No se ve afectada la responsabilidad por lesión culpable de la vida, la integridad física o la salud; lo mismo se aplica a la responsabilidad imperativa de la ley alemana sobre responsabilidad por productos.
(8) Salvo disposición en contrario anterior, se excluye la responsabilidad.
(9) El plazo de prescripción de los derechos por defectos es de 12 meses desde la transmisión del riesgo. Para bienes de Extremo Oriente y los denominados «artículos de céntimos», la garantía se limita a la vida útil habitual del artículo correspondiente, con un máximo de 12 meses desde la transmisión del riesgo.
(10) El plazo de prescripción del derecho de regreso contra el proveedor conforme a los §§ 478 y 479 BGB no se ve afectado; es de cinco años desde la entrega del bien defectuoso.
(11) En caso de venta a un consumidor final en el sentido del BGB, se aplican las disposiciones legales sobre responsabilidad por defectos.
§ 7 Responsabilidad global
(1) Se excluye cualquier responsabilidad indemnizatoria que exceda de lo previsto en el § 6, con independencia de la naturaleza jurídica de la pretensión. Esto se aplica, en particular, a reclamaciones por culpa en la celebración del contrato, otros incumplimientos de deberes o pretensiones extracontractuales de reparación de daños materiales conforme al § 823 BGB.
(2) En la medida en que nuestra responsabilidad indemnizatoria esté excluida o limitada, lo mismo se aplica a la responsabilidad personal de nuestros empleados, trabajadores, colaboradores, representantes y auxiliares de cumplimiento.
§ 8 Garantía mediante reserva de dominio
(1) Conservamos la propiedad del bien hasta recibir todos los pagos derivados del contrato de suministro. Si el comprador actúa en contra del contrato, en particular por mora en el pago, podemos recuperar el bien. La recuperación por nuestra parte no constituye resolución del contrato salvo declaración expresa por escrito. El embargo del bien instado por nosotros siempre constituye resolución del contrato. Tras recuperarlo, podemos realizar su valor; el importe obtenido, deducidos los costes razonables de realización, se imputa a las deudas del comprador.
(2) En caso de embargo u otras intervenciones de terceros, el comprador debe informarnos inmediatamente por escrito para que podamos interponer una acción conforme al § 771 de la Ley de Enjuiciamiento Civil alemana (ZPO). Si el tercero no puede reembolsarnos los costes judiciales y extrajudiciales de dicha acción, el comprador responde del perjuicio resultante.
(3) El comprador puede revender el bien en el curso ordinario de su actividad. No obstante, nos cede desde este momento todos los créditos derivados de la reventa contra sus clientes o terceros, hasta el importe final facturado de nuestro crédito, IVA incluido, independientemente de que el bien se revenda sin transformar o después de transformarlo. El comprador sigue autorizado para cobrar estos créditos después de la cesión. Nuestro derecho a cobrarlos directamente no se ve afectado. Sin embargo, nos comprometemos a no cobrarlos mientras el comprador cumpla sus obligaciones de pago con los ingresos percibidos, no incurra en mora y, en particular, no se haya solicitado la apertura de un procedimiento de quiebra, convenio o insolvencia ni se haya producido una suspensión de pagos. De suceder esto, podemos exigir que el comprador nos identifique los créditos cedidos y sus deudores, facilite toda la información necesaria para el cobro, entregue los documentos correspondientes y comunique la cesión a los deudores (terceros).
(4) A petición del comprador, nos comprometemos a liberar las garantías de que disponemos en la medida en que su valor realizable supere en más de un 10% los créditos garantizados; nos corresponde elegir las garantías que se liberan.
§ 9 Otras disposiciones
(1) Nosotros y nuestros proveedores podemos colocar nuestro logotipo o denominación empresarial en los bienes suministrados y utilizar dichos bienes con fines comerciales, en particular para exponerlos en nuestros locales y reproducirlos en catálogos y folletos de cualquier clase.
(2) Podemos almacenar los datos que conozcamos en relación con las operaciones comerciales y transmitirlos a los socios contractuales que contratemos para su tramitación.
(3) Si una disposición de estas condiciones generales es o deviene inválida, ello no afecta a la validez de las demás disposiciones ni del contrato subyacente.
§ 10 Jurisdicción – Lugar de cumplimiento
(1) Si el comprador es comerciante, serán competentes los tribunales de nuestro domicilio empresarial; no obstante, también podemos demandarlo ante los tribunales de su domicilio.
(2) Se aplica el derecho de la República Federal de Alemania; queda excluida la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
(3) Salvo indicación en contrario en la confirmación del pedido, el lugar de cumplimiento es el lugar de expedición de los bienes.
Venta exclusivamente a la industria, el comercio, los oficios artesanales, las asociaciones y las empresas. Todos los precios excluyen el IVA. Todos los derechos reservados.